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Ley Azcárate: qué es la Ley de Usura de 1908 y cómo te protege frente a intereses abusivos.

Si tienes un préstamo, una tarjeta revolving o un crédito con unos intereses muy elevados, es posible que hayas oído hablar de la Ley Azcárate o Ley de Usura. Aunque se aprobó en 1908, esta norma sigue vigente y puede utilizarse para reclamar cuando un contrato establece unos intereses que pueden considerarse usurarios.

Pero, ¿qué se considera realmente usura? ¿Hay un porcentaje de interés a partir del cual un préstamo es ilegal? ¿Qué puedes recuperar si tu contrato se declara nulo?

En este artículo te explicamos qué es la Ley Azcárate, cómo se determina si unos intereses son usurarios y qué opciones tienes para reclamar.

¿Qué es la Ley Azcárate o Ley de Usura?

La Ley Azcárate es el nombre con el que se conoce habitualmente a la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios. Fue publicada en la Gaceta de Madrid el 24 de julio de 1908 y entró en vigor el 13 de agosto de ese mismo año. 

Su finalidad principal es evitar que una persona quede vinculada a un préstamo con unas condiciones consideradas usurarias. Para ello, la norma contempla la nulidad del contrato cuando concurren determinadas circunstancias, entre ellas que se haya pactado un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. 

Aunque fue aprobada hace más de un siglo, la Ley Azcárate continúa siendo relevante porque sus disposiciones pueden aplicarse a operaciones financieras actuales. De hecho, el artículo 9 establece que la ley también resulta aplicable a operaciones sustancialmente equivalentes a un préstamo de dinero, con independencia de la forma que adopte el contrato o de la garantía ofrecida. 

Por este motivo, su aplicación no se limita a los préstamos tradicionales. Los tribunales han utilizado esta norma también en litigios relacionados con productos financieros modernos, como las tarjetas revolving. La sentencia del Tribunal Supremo 628/2015, por ejemplo, aplicó la Ley de Usura a un crédito revolving y consideró relevante comparar la TAE pactada con el interés normal del dinero correspondiente a la operación. 

¿Por qué se llama Ley Azcárate?

La denominación Ley Azcárate procede de Gumersindo de Azcárate, político y jurista español relacionado con la elaboración e impulso de esta normativa.

Su denominación oficial, sin embargo, es más descriptiva: Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios. Por eso también es habitual encontrar referencias a ella como Ley de Usura, Ley de Represión de la Usura o simplemente Ley Azcárate.

En la actualidad, las tres denominaciones se utilizan para referirse a la misma norma de 1908.

¿Cuándo se aprobó la Ley de Usura?

La Ley Azcárate fue aprobada el 23 de julio de 1908 y publicada al día siguiente en la Gaceta de Madrid. Su entrada en vigor se produjo el 13 de agosto de 1908. 

La norma original estaba formada por 16 artículos. Con el paso del tiempo algunos de ellos han sido derogados, pero sus artículos fundamentales para las reclamaciones por usura, especialmente los artículos 1 y 3, continúan formando parte de la legislación vigente. El texto consolidado del BOE señala como última actualización la publicada el 8 de enero de 2000. 

Su antigüedad no impide que pueda aplicarse a contratos financieros actuales. La clave está en que la ley establece unos criterios generales para determinar cuándo un contrato de préstamo puede ser considerado usurario, dejando su interpretación y aplicación concreta a los tribunales.

¿Sigue vigente la Ley Azcárate de 1908?

Sí. La Ley Azcárate continúa vigente en España y sigue utilizándose como fundamento jurídico en reclamaciones relacionadas con préstamos y créditos considerados usurarios. El texto consolidado del BOE mantiene en vigor, entre otros, los artículos 1 y 3, que regulan respectivamente los supuestos de nulidad y las consecuencias de esa nulidad. 

Esto explica que una norma aprobada en 1908 pueda utilizarse actualmente frente a determinados productos financieros. La Ley no establece una lista cerrada de productos modernos, sino que se refiere a contratos de préstamo y a operaciones sustancialmente equivalentes, lo que permite que pueda entrar en juego en diferentes tipos de financiación. 

¿Qué dice la Ley Azcárate sobre los préstamos usurarios?

El punto fundamental de la Ley Azcárate se encuentra en su artículo 1, que establece los supuestos en los que un contrato de préstamo puede ser declarado nulo por usura.

La norma considera nulo el contrato cuando se haya establecido un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, en los términos previstos por el propio artículo. También contempla otros supuestos, como aquellos contratos en los que se haga constar que se ha recibido una cantidad superior a la que realmente fue entregada. 

Por tanto, la existencia de un interés elevado no significa automáticamente que un préstamo sea usurario. Es necesario analizar el contrato, el tipo de operación, el interés aplicado y las circunstancias relevantes para determinar si se cumplen los requisitos establecidos por la ley y desarrollados por la jurisprudencia.

¿Qué establece el artículo 1 de la Ley de Usura?

El artículo 1 es la base de las reclamaciones por usura. Establece la nulidad de los contratos de préstamo en los que se haya pactado un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, en las condiciones que contempla la propia norma. 

El artículo también contempla los llamados contratos leoninos cuando existan motivos para considerar que fueron aceptados por el prestatario debido a circunstancias como una situación angustiosa, inexperiencia o determinadas limitaciones de sus facultades.

Sin embargo, no es necesario interpretar hoy este artículo como si el consumidor tuviera que demostrar necesariamente una situación de necesidad o inexperiencia. El Tribunal Supremo ha establecido que, para apreciar la usura, pueden ser suficientes los requisitos objetivos relativos al carácter notablemente superior del interés y su desproporción, sin exigir que concurran acumulativamente todas las circunstancias subjetivas mencionadas en el artículo. 

Además, el artículo 9 amplía el ámbito de aplicación de la norma a operaciones sustancialmente equivalentes a un préstamo de dinero, independientemente de la forma que adopte el contrato. 

¿Qué se considera un interés notablemente superior al normal?

La Ley Azcárate no establece un porcentaje fijo a partir del cual un interés sea automáticamente usurario. Para determinar si existe usura, es necesario comparar el interés pactado con el interés normal del dinero correspondiente a una operación similar.

El Tribunal Supremo ha señalado que esta comparación debe realizarse atendiendo al tipo de operación y al momento en que se contrató. Para conocer el interés normal pueden utilizarse las estadísticas publicadas por el Banco de España sobre los tipos aplicados a diferentes operaciones crediticias. 

Por eso, no es correcto afirmar que cualquier préstamo con un determinado porcentaje de TAE sea necesariamente usurario. El mismo interés puede tener una consideración diferente dependiendo del producto financiero, la fecha de contratación y el tipo medio que correspondía a una operación comparable.

En el caso de las tarjetas revolving, además, existe jurisprudencia específica del Tribunal Supremo que ha concretado los criterios de comparación, cuestión que analizaremos más adelante.

¿Qué significa que el interés sea desproporcionado?

Que un interés sea elevado no basta, por sí solo, para determinar la existencia de usura. El artículo 1 exige también que sea manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. 

Esto significa que debe analizarse el contexto de la operación y si existen circunstancias que puedan justificar, desde el punto de vista jurídico, que el prestamista aplicase un interés superior al habitual.

El Tribunal Supremo ha señalado que pueden existir circunstancias relacionadas con el riesgo de una operación que expliquen un interés superior al normal. Sin embargo, un riesgo elevado no justifica por sí mismo cualquier tipo de interés: debe analizarse si la diferencia respecto al interés normal resulta realmente desproporcionada. 

Por tanto, para saber si un préstamo puede ser considerado usurario no basta con mirar únicamente el número que aparece en el contrato. Hay que compararlo con el tipo de referencia adecuado y analizar las características concretas de la operación.

¿Es necesario que exista una situación de necesidad para que haya usura?

No necesariamente. Aunque la Ley Azcárate menciona situaciones como la necesidad, la inexperiencia o las limitaciones del prestatario, no es imprescindible demostrar que la persona se encontraba en una situación de necesidad para que un préstamo pueda considerarse usurario.

El Tribunal Supremo ha establecido que, para valorar la existencia de usura, debe analizarse principalmente si el interés pactado es notablemente superior al normal del dinero y si resulta desproporcionado respecto a las circunstancias del caso.

Por tanto, una persona puede reclamar aunque no contratara el préstamo por encontrarse en una situación económica desesperada. Lo importante será analizar las condiciones concretas del contrato y compararlas con los tipos de interés habituales para operaciones similares en el momento en que se contrató.

¿Cómo se determina si un interés es usurario?

Para saber si un interés puede considerarse usurario no basta con comprobar si el porcentaje es alto. Hay que comparar el interés pactado en el contrato con el interés normal del dinero correspondiente a una operación similar y tener en cuenta cuándo se contrató.

También deben valorarse las características concretas del crédito. No se utiliza la misma referencia para una hipoteca que para un préstamo personal, una tarjeta revolving o un microcrédito.

Por eso, para analizar un posible caso de usura hay que revisar principalmente el tipo de producto, la fecha de contratación, la TAE y el tipo medio aplicable en ese momento.

¿Qué es el interés normal del dinero?

El interés normal del dinero es el tipo que se aplicaba habitualmente a operaciones de crédito similares en el momento de contratar el préstamo.

Para conocerlo pueden consultarse las estadísticas publicadas por el Banco de España, que permiten comparar el interés del contrato con los tipos medios correspondientes a distintas operaciones.

La comparación debe hacerse con un producto lo más parecido posible. Por ejemplo, no tendría sentido utilizar como referencia el tipo medio de una hipoteca para valorar los intereses de una tarjeta revolving.

¿Cómo se compara el interés del préstamo con el mercado?

El primer paso es conocer el interés que aparece en el contrato y comprobar cuál era el tipo medio correspondiente a ese tipo de operación en la fecha en que se contrató.

A partir de ahí, se analiza la diferencia entre ambos. Cuanto mayor sea la diferencia entre el interés pactado y el interés normal del mercado, más posibilidades puede haber de que el contrato sea considerado usurario.

No obstante, no existe una regla general que permita decir que cualquier préstamo que supere determinado porcentaje es automáticamente usurario. La valoración depende del producto, la fecha del contrato y los criterios establecidos por los tribunales.

En el caso de las tarjetas revolving existe además un criterio específico desarrollado por el Tribunal Supremo, que veremos más adelante.

¿Qué papel tiene el Banco de España?

El Banco de España es una fuente fundamental para conocer los tipos de interés que se aplicaban en el mercado en cada momento.

Sus estadísticas permiten consultar los tipos medios de diferentes productos financieros y sirven como referencia para realizar la comparación necesaria en una reclamación por usura.

Por eso, si quieres comprobar si un préstamo puede ser usurario, no basta con buscar en Internet cuál es el porcentaje que se considera abusivo. Hay que conocer cuándo se firmó el contrato, qué producto financiero es y cuál era el tipo medio aplicable en ese momento.

¿Existe un porcentaje fijo para determinar la usura?

No existe un porcentaje fijo que determine automáticamente cuándo un interés es usurario. Para saber si existe usura hay que comparar el interés pactado con el interés normal del dinero correspondiente a una operación similar y tener en cuenta la fecha y las características del contrato.

En las tarjetas revolving, además, el Tribunal Supremo ha establecido criterios específicos para realizar esta comparación.

¿Qué ha dicho el Tribunal Supremo sobre la Ley Azcárate?

La aplicación actual de la Ley Azcárate no puede entenderse sin tener en cuenta las decisiones del Tribunal Supremo. Sus sentencias han ido concretando cómo debe determinarse si los intereses de un préstamo son usurarios y con qué tipo de interés deben compararse.

Entre las resoluciones más importantes destacan las sentencias 628/2015, 149/2020 y 258/2023, especialmente relevantes en relación con las tarjetas revolving.

La sentencia del Tribunal Supremo 628/2015

La sentencia 628/2015, de 25 de noviembre, fue especialmente importante porque analizó un contrato de tarjeta revolving y estableció que, para determinar si existía usura, había que comparar el interés pactado con el interés normal del dinero correspondiente a una operación similar.

El Tribunal Supremo señaló que para conocer ese interés normal podían utilizarse las estadísticas publicadas por el Banco de España.

Además, la sentencia dejó claro que no debe confundirse el interés normal del dinero con el interés legal del dinero. La comparación debe hacerse con el tipo habitual de operaciones similares, no simplemente con el interés legal establecido cada año.

Esta resolución sentó una base importante para las reclamaciones posteriores relacionadas con créditos y tarjetas con intereses elevados.

La sentencia del Tribunal Supremo 149/2020

La sentencia 149/2020, de 4 de marzo, volvió a analizar una tarjeta revolving y concretó todavía más el criterio de comparación.

En este caso, el Tribunal Supremo consideró usurario un contrato con una TAE del 26,82 %, al compararla con el tipo medio correspondiente a las tarjetas revolving en el momento de la contratación.

Una de las cuestiones más importantes de esta sentencia fue que la comparación debía hacerse con el tipo medio de la categoría específica a la que pertenece el producto, y no con un tipo medio genérico de todos los créditos al consumo.

Esto es especialmente importante porque una tarjeta revolving tiene unas características diferentes a las de un préstamo personal convencional. Por tanto, utilizar una referencia que no corresponda al producto puede llevar a una comparación incorrecta.

La sentencia del Tribunal Supremo 258/2023 y las tarjetas revolving

La sentencia 258/2023, de 15 de febrero, volvió a pronunciarse sobre las tarjetas revolving y estableció un criterio específico para valorar cuándo sus intereses pueden considerarse usurarios.

En estos casos, el Tribunal Supremo señaló que debe existir una diferencia superior a seis puntos porcentuales entre la TAE del contrato y el tipo medio de las operaciones de tarjeta revolving correspondiente al momento de la contratación.

Esto no significa que exista un límite general del 6 % aplicable a todos los préstamos. Se trata de un criterio desarrollado por el Tribunal Supremo específicamente para las tarjetas revolving.

Por eso, cuando se analiza una posible reclamación, es importante saber exactamente qué producto se contrató y cuándo se firmó. El tipo medio utilizado como referencia puede cambiar dependiendo de estos datos.

Además, una tarjeta revolving que no pueda ser anulada por usura podría ser susceptible de reclamación por falta de transparencia, dependiendo de las circunstancias del contrato. Son dos vías jurídicas diferentes que conviene no confundir.

¿A qué préstamos se puede aplicar la Ley Azcárate?

La Ley Azcárate no está limitada a un único tipo de préstamo. Su aplicación puede alcanzar diferentes operaciones de financiación cuando se cumplen los requisitos necesarios para considerar que existe usura.

Esto es especialmente importante porque muchas reclamaciones actuales están relacionadas con productos financieros que no existían cuando se aprobó la ley en 1908, como las tarjetas revolving o los microcréditos online. La norma permite que también puedan analizarse este tipo de operaciones.

Tarjetas revolving.

Las tarjetas revolving son uno de los productos que más se han visto afectados por la aplicación de la Ley de Usura. Funcionan de una forma diferente a una tarjeta de crédito convencional, ya que permiten aplazar el pago de las compras o disposiciones y devolver el dinero mediante cuotas periódicas.

El problema aparece cuando el contrato establece unos intereses muy elevados. En estos casos, el consumidor puede pasar mucho tiempo pagando cuotas sin conseguir reducir de forma significativa el capital pendiente.

El Tribunal Supremo ha dictado varias sentencias sobre este tipo de tarjetas y ha establecido criterios específicos para determinar cuándo sus intereses pueden considerarse usurarios. En particular, la sentencia 258/2023 fijó para las tarjetas revolving un criterio basado en la diferencia entre el tipo pactado y el tipo medio correspondiente a este tipo de operaciones.

Préstamos personales.

La Ley Azcárate también puede aplicarse a determinados préstamos personales cuando los intereses pactados son notablemente superiores a los habituales para una operación similar y resultan desproporcionados.

En estos casos no existe una cifra única que permita saber automáticamente si hay usura. Hay que estudiar cuándo se contrató el préstamo, qué tipo de operación era y cuál era el interés normal del dinero en ese momento.

Por eso, antes de determinar si un préstamo personal es usurario, es necesario realizar una comparación con la referencia que corresponda a ese tipo de financiación.

Microcréditos y créditos rápidos.

Los microcréditos y créditos rápidos también pueden ser objeto de reclamaciones por usura, especialmente cuando aplican costes muy elevados en relación con la cantidad prestada y con el tiempo de devolución.

En este tipo de productos es habitual que el coste aparezca expresado mediante diferentes conceptos, por lo que conviene revisar las condiciones del contrato y no fijarse únicamente en la cantidad que se paga finalmente.

Para saber si existe usura hay que analizar el coste del crédito y compararlo con el tipo de referencia que corresponda a la operación concreta.

Tarjetas de crédito y otros créditos al consumo.

La Ley de Usura también puede entrar en juego en otros contratos de crédito al consumo. Lo importante no es tanto el nombre comercial del producto como las condiciones que se hayan pactado.

En cada caso habrá que comprobar el interés aplicado, la fecha de contratación y las características de la operación. A partir de esos datos se podrá determinar cuál es la referencia adecuada para valorar si existe una diferencia suficientemente importante como para hablar de usura.

¿Cómo te protege la Ley Azcárate frente a los intereses abusivos?

La principal protección que ofrece la Ley Azcárate es la posibilidad de conseguir la nulidad del contrato cuando se declara que el préstamo es usurario.

Esto puede tener una consecuencia económica importante para el consumidor. La ley establece que, una vez declarada la nulidad, el prestatario debe devolver únicamente la cantidad que recibió en concepto de capital. Si ya ha pagado una cantidad superior, el prestamista debe devolverle la diferencia.

Por tanto, no se trata simplemente de conseguir que el banco reduzca el interés. Si un contrato es declarado nulo por usura, las consecuencias afectan al propio contrato.

¿Qué ocurre si se declara usurario el préstamo?

Cuando un tribunal declara que un préstamo es usurario, se produce la nulidad del contrato en los términos previstos por la Ley de Usura.

La consecuencia práctica es que el consumidor no tiene que asumir los intereses derivados del contrato como si este siguiera siendo válido. La cantidad que debe tenerse en cuenta es el capital que realmente recibió.

Por ejemplo, si una persona recibió 5.000 euros y durante la vida del préstamo ya ha pagado 6.500 euros entre capital e intereses, la diferencia de 1.500 euros podría tener que ser devuelta por la entidad, una vez realizado el cálculo correspondiente.

La cantidad exacta dependerá de los movimientos del contrato y de lo que se haya pagado y dispuesto en cada momento.

¿Cuánto dinero tienes que devolver?

Si todavía queda dinero pendiente cuando se declara la nulidad, la referencia es el capital que realmente se recibió, descontando las cantidades que ya se hayan pagado.

Por ejemplo, si recibiste 10.000 euros y ya has devuelto 7.000, la cantidad pendiente de devolver no se calcularía aplicando los intereses del contrato como si este siguiera vigente, sino teniendo en cuenta el capital recibido y los pagos realizados.

Por eso es importante revisar los extractos y movimientos del préstamo o de la tarjeta antes de calcular cuánto dinero realmente queda pendiente.

¿Puedes recuperar los intereses y cantidades pagadas de más?

Sí. Si durante la vida del contrato has pagado más dinero del capital que recibiste, puedes tener derecho a reclamar la cantidad abonada en exceso cuando se declara la nulidad por usura.

Esto es especialmente relevante en contratos que llevan varios años en funcionamiento, ya que una parte importante de las cantidades pagadas puede haber correspondido a intereses y otros conceptos.

En estos casos, revisar el contrato y los movimientos de la cuenta permite saber si existe una cantidad que reclamar y cuál podría ser su importe.

¿Se puede reclamar un préstamo usurario aunque ya esté pagado?

Sí, haber terminado de pagar un préstamo no significa necesariamente que ya no puedas reclamar. La nulidad de un contrato por usura puede solicitarse aunque el préstamo esté completamente pagado, siempre que se cumplan los requisitos para considerar que existió usura. El Tribunal Supremo ha considerado que esta acción de nulidad tiene carácter imprescriptible.

Ahora bien, hay que diferenciar la nulidad del contrato de la reclamación de las cantidades pagadas de más. La posibilidad de recuperar determinadas cantidades puede estar sujeta a plazos, por lo que no conviene dejar pasar el tiempo

¿Cuánto tiempo hay para reclamar por usura?

La acción para solicitar la nulidad de un préstamo usurario no está sometida a un plazo de prescripción, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo.

Sin embargo, cuando además se reclama la devolución de cantidades pagadas de más, hay que tener en cuenta los plazos que puedan afectar a esa restitución. Por eso, si crees que tu préstamo puede ser usurario, es recomendable revisar el caso cuanto antes.

¿Qué ocurre si has pagado más de lo que te prestaron?

Si el contrato se declara nulo por usura y has pagado más dinero del capital que recibiste, puedes reclamar la diferencia.

Por ejemplo, si recibiste 5.000 euros y durante la vida del préstamo has pagado 6.500, habría que calcular qué cantidad has abonado realmente por encima del capital para determinar qué importe puede corresponderte. El artículo 3 de la Ley Azcárate establece precisamente esta consecuencia.

¿Cómo reclamar un préstamo o tarjeta por usura?

Si crees que tu préstamo puede ser usurario, lo primero es revisar el contrato y comprobar las condiciones económicas. No basta con saber que el interés parece elevado: hay que compararlo con el tipo correspondiente a una operación similar en el momento de la contratación.

Revisa el contrato y la TAE.

Comprueba la TAE, el tipo de interés aplicado, la fecha en la que contrataste el préstamo y el tipo de producto que tienes.

En el caso de una tarjeta revolving, por ejemplo, es especialmente importante conocer cuándo se contrató y cuál era el tipo medio de este tipo de tarjetas en ese momento.

Compara el interés con el tipo medio del mercado.

Una vez conocidos los datos del contrato, hay que compararlos con las estadísticas correspondientes al producto y a la fecha de contratación.

Esta comparación es fundamental para determinar si el interés puede considerarse notablemente superior al normal del dinero y, en consecuencia, si puede existir usura.

Reúne contratos, extractos y justificantes de pago.

También es importante conservar toda la documentación relacionada con el préstamo: contrato, extractos, recibos y justificantes de los pagos realizados.

Estos documentos permiten conocer cuánto dinero recibiste realmente y cuánto has pagado hasta ahora, algo necesario para calcular las cantidades que podrían reclamarse.

Reclama primero a la entidad financiera.

Antes de acudir a los tribunales, puede plantearse una reclamación frente a la entidad para solicitar la nulidad del contrato y, cuando corresponda, la devolución de las cantidades pagadas de más.

Si la entidad no acepta la reclamación, será necesario valorar las siguientes vías para defender tus derechos. En función del caso concreto, puede ser conveniente contar con asesoramiento jurídico para determinar la estrategia adecuada.

¿Qué ocurre si la entidad no acepta la reclamación?

Si la entidad rechaza tu reclamación o no te da una solución satisfactoria, todavía puedes continuar reclamando. En primer lugar, conviene guardar la respuesta de la entidad y toda la documentación relacionada con el contrato.

En determinados casos también puedes acudir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España, aunque debes tener en cuenta que este organismo no puede declarar la nulidad de un préstamo por usura ni decidir la devolución de cantidades que dependa de esa nulidad. Esas cuestiones corresponden a los tribunales.

Si la entidad mantiene su negativa y consideras que el contrato es usurario, puedes valorar la vía judicial para solicitar la nulidad del contrato y, cuando corresponda, la devolución de las cantidades pagadas de más. En ese punto, contar con asesoramiento jurídico puede ayudarte a comprobar si realmente se cumplen los requisitos para reclamar y qué cantidades podrían recuperarse.

Usura y falta de transparencia: ¿son lo mismo?

No. Aunque ambas pueden servir para reclamar determinados contratos de crédito, usura y falta de transparencia son conceptos diferentes.

La usura se centra principalmente en si el interés remuneratorio pactado es notablemente superior al normal del dinero y resulta desproporcionado según las circunstancias del caso. Si se declara la nulidad por usura, se aplican las consecuencias previstas en la Ley Azcárate.

La falta de transparencia, en cambio, tiene que ver con si el consumidor pudo conocer y comprender realmente las condiciones económicas y el funcionamiento del contrato antes de contratarlo.

¿Qué es la usura?

La usura se produce cuando un contrato de préstamo reúne los requisitos establecidos por la Ley Azcárate para ser considerado usurario. Entre ellos se encuentra que el interés sea notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.

En estos casos, puede solicitarse la nulidad del contrato.

¿Qué es la falta de transparencia?

La falta de transparencia aparece cuando las condiciones del contrato, especialmente las que afectan a su coste, no se han presentado de una forma que permita al consumidor conocer realmente las consecuencias económicas de lo que está contratando.

Esto puede ser especialmente relevante en productos complejos como las tarjetas revolving, cuyo funcionamiento puede hacer que una deuda se prolongue durante mucho tiempo si se utilizan cuotas bajas.

¿Se puede reclamar una tarjeta revolving por falta de transparencia?

Sí. Una tarjeta revolving puede ser objeto de una reclamación por falta de transparencia aunque no se cumplan los requisitos necesarios para declararla usuraria.

Por eso, cuando se estudia una tarjeta de este tipo, no conviene fijarse únicamente en el porcentaje de interés. También hay que revisar cómo se informó al consumidor sobre el funcionamiento de la tarjeta, las cuotas, el coste del crédito y las consecuencias de la forma de pago elegida.

Preguntas frecuentes sobre la Ley Azcárate

¿Qué intereses se consideran usurarios?

No existe un porcentaje único aplicable a todos los préstamos. Hay que comparar el interés pactado con el tipo medio correspondiente a una operación similar y analizar las circunstancias del contrato.

En las tarjetas revolving existe un criterio específico establecido por el Tribunal Supremo que toma como referencia el tipo medio de este producto.

¿La Ley Azcárate se aplica a las tarjetas revolving?

Sí. Las tarjetas revolving han sido objeto de numerosas reclamaciones por usura y el Tribunal Supremo ha establecido criterios específicos para valorar sus intereses.

Además, su funcionamiento puede hacer que una deuda se prolongue durante años cuando las cuotas son demasiado bajas respecto al saldo pendiente.

¿Puedo reclamar si ya terminé de pagar el préstamo?

Sí, es posible reclamar la nulidad por usura aunque el préstamo ya esté completamente pagado. Si se declara la nulidad y has abonado más dinero del capital que recibiste, puede existir una cantidad que reclamar.

La Ley Azcárate establece que, declarada la nulidad, el prestatario debe devolver únicamente la cantidad recibida y el prestamista debe devolver lo que exceda del capital prestado, teniendo en cuenta lo ya abonado.

¿Puedo reclamar si todavía tengo deudas pendientes?

Sí. Que todavía quede dinero por pagar no impide reclamar. Si el contrato se declara nulo por usura, habrá que calcular el capital que realmente recibiste y las cantidades que ya has abonado para determinar el resultado final.

¿Tengo que ir a juicio para reclamar por usura?

No necesariamente. Puedes comenzar presentando una reclamación ante la entidad financiera y tratar de llegar a un acuerdo.

Si la entidad no acepta la reclamación y consideras que el contrato es usurario, la vía judicial puede ser necesaria para solicitar la nulidad del contrato.

¿Puedo reclamar los intereses que ya he pagado?

Sí, cuando se declara la nulidad por usura y las cantidades abonadas superan el capital que realmente recibiste, la Ley Azcárate contempla la devolución de ese exceso.

¿La Ley Azcárate se aplica a los microcréditos?

Sí. Los microcréditos y créditos rápidos también pueden analizarse desde el punto de vista de la usura. Para saber si existe una base para reclamar hay que estudiar las condiciones concretas del contrato y compararlas con la referencia correspondiente a la operación.

¿Cómo puede ayudarte la Ley Azcárate?

La Ley Azcárate sigue siendo una herramienta importante para proteger a quienes han contratado préstamos o créditos con intereses que pueden considerarse usurarios.

Si tienes una tarjeta revolving, un préstamo personal, un microcrédito u otro producto de financiación con intereses elevados, revisar las condiciones del contrato puede ayudarte a saber si tienes derecho a reclamar.

Lo importante es no fijarse únicamente en que el interés parezca alto: hay que analizar el producto, la fecha de contratación, el tipo medio correspondiente y las circunstancias del contrato.

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